Al cumplirse los tres años del encarcelamiento de los hermanos Danny López Shawit y Feliciano Cahuasa Rolín,
indígenas Awajún a quienes con débil sustento probatorio y acusatorio
se les responsabiliza de haber ejecutado acciones de extrema violencia
durante la protesta amazónica que se realizó entre abril y junio del
2009, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos - CNDDHH exigió que ambas personas continúen su proceso judicial en libertad.
La
organización de derechos humanos recordó que el Convenio 169 de la OIT
establece que en el caso de los ciudadanos indígenas debería evitarse
la privación de libertad. Así mismo se hace notar la opinión pública
que la prisión preventiva resulta una medida excepcional, por lo que es
sumamente cuestionable que los dos jóvenes Awajún hayan estado presos
durante tres años sin contar siquiera con una sentencia condenatoria.
Consideramos
que los procesados deberían regresar a sus comunidades, permaneciendo
bajo la vigilancia de los juzgados de Yutupis y Chiriaco, cercanos a
sus domicilios. De esta forma podrán alojarse en sus viviendas y
trabajar para mantener a sus familias.
De
acuerdo al artículo 149 de la Constitución y al Convenio 169 de la OIT
los Apus y autoridades comunales tienen facultades jurisdiccionales,
por lo que también los procesados podrían quedar bajo su vigilancia. (AIDESEP)
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