Las características del CAS no son alentadores para los docentes que sean contratados puesto que:
* No contarán con seguro de salud. (Las docentes que esperan bebés serán las más perjudicadas)
* No percibirán aguinaldos por fiestas patrias ni navidad.
* No estarán incluidos en planillas. Cobrarán mediante recibos por honorarios.
* No percibirán pago durante el período de vacaciones de medio año.
* No percibirán pago proporcional durante los meses de enero y febrero.
* No percibirán pago por luto o sepelio.
* No percibirán pago alguno por zona diferenciad (selva, rural, frontera, altura).
* No percibirán pago por preparación de clase, ni bonificación familiar, etc.
El docente contratado, al no estar bajo el régimen de ninguna ley, es "simplemente un contratado", no goza de ningún beneficio. La modalidad del CAS será muy parecida a la de un trabajador por servicios no personales. (Recogido de Arquímides Huamán Menor)
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